REVISTA DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA.  3ª época. Año 13 N° 38, 2022 
Máximo Ramírez Julca et al/// Estrategia educativa Aprendo en casa y mediación virtual … 763-784 
                                                                                                                    DOI: http://dx.doi.org/10.46925//rdluz.38.42 
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de que la población escolar reinicie paulatinamente sus actividades, en el caso de 
las  escuelas  y  universidades  ello  podría  y  debería  tardar  más;  inclusive 
dependiendo de la evolución de la pandemia, el confinamiento podría llegar a ser 
periódico;  es  decir,  unas  semanas  se  podría  asistir  a  la  escuela  y  otras,  si  los 
infectados  aumentan,  estudiar  en  el  hogar.  Además,  debe  considerarse  que  los 
locales escolares y universidades han estado cerrados varias semanas y necesitan 
limpiarse  e  implementarse  con  los  utensilios  de  aseo  esenciales;  su  personal 
directivo y docente  necesita disponer de  orientaciones  para saber  cómo  actuar 
ante distintas situaciones que se les puedan presentar. La interrupción de clases 
presenciales implica que muchos de los alcances de la Resolución Viceministerial 
220-2019-Minedu,  sobre  orientaciones  para  el  año  escolar  2020,  tengan  más 
flexibilidad y los docentes más libertad para establecer la mejor manera de trabajar 
con sus estudiantes. 
De acuerdo con Ley 29571, Código de Defensa del Consumidor, es responsabilidad de 
INDECOPI comprobar que  las instituciones educativas privadas, recibir  de  los padres de 
familia un costo real por la contraprestación del servicio educativo correspondiente, como 
proveedor de la educación. Ante la suspensión del dictado de clases por parte del Ministerio 
de  Educación,  el  sector  emitió  una  Resolución  Viceministerial  079-2020-Minedu  donde 
indica que las instituciones educativas tienen la obligación de reprogramar sus horarios de 
clases y  las horas lectivas que  corresponde al año escolar y comunicar por  escrito de sus 
programaciones  al  UGEL  respectiva.  Según  la  normativa,  las  reprogramaciones  deben 
asegurar el  cumplimiento de las horas de dictado de  clases especificados en el calendario 
escolar. Además, las suspensiones o reprogramaciones del inicio de la actividad educativa no 
deben  perjudicar  las  obligaciones  contraídas  por  los  usuarios  del  servicio,  por  tanto,  las 
instituciones  educativas  deben  cumplir  sus  planes  de  recuperación  de  clases.  Las 
reprogramaciones  de  horas  lectivas  no  significan  para  los  usuarios  del  servicio  pagos 
adicionales,  pero  si  cumplir  con  la  responsabilidad  de  pagar  los  costos  convenidos  con 
anterioridad en el contrato educativo al inicio del año escolar. Las instituciones tienen un 
presupuesto  fijo  anual  para  su  funcionamiento:  como  pagos  de  sueldos,  seguros,  CTS, 
alquileres,  bienes  y  servicios,  material  didáctico,  equipos  tecnológicos,  licencias  de  los 
programas, arbitrios, impuestos, etc. 
Acerca  del  programa  Aprendo  en  casa  en  la  región  Ancash,  especialmente  en  la 
provincia de Carlos Fermín Fitzcarrad, uno de las principales dificultades es el acceso digital, 
porque gran parte de la población no cuenta con el soporte informático requerido (Laptop, 
red digital, servicio eléctrico, etc.). Se aprecia, en este caso específico, las dificultades del