Ganga, F., Díaz, J., Rivera, D., Revista de Filosofía, Nº 99, 2021-3, pp. 838 - 854                              844                                               
 
Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Atribución-CompartirIgual 4.0 Internacional 
(CC BY-SA 4.0) 
https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es 
            De un total de 34, la población quedó en 28 universidades públicas con rectores 
electos: 16 chilenas (De Valparaíso, De Antofagasta, De La Serena, Del Bío Bío, De La 
Frontera,  De  Magallanes,  De  Talca,  De  Atacama,  De  Tarapacá,  Arturo  Prat,  De  Playa 
Ancha, De Los Lagos, De Chile. Metropolitana de Ciencias de la Educación, Tecnológica 
Metropolitana, De Santiago de Chile, De Aysén, O’Higgins) y 12 venezolanas (Central de 
Venezuela,  De  Los  Andes,  De  Carabobo,  De  Oriente,  Del  Zulia,  Centro  Occidental 
Lisandro  Alvarado,  Nacional  Abierta,  Nacional  Experimental  de  Guayana,  Nacional 
Experimental  de los  Llanos  Occ.Ezequiel  Zamora,  Nacional Experimental  del  Táchira, 
Nacional  Experimental  Francisco  de  Miranda,  Nac.  Exp.  Politécnica  Antonio  José  de 
Sucre,  Nacional  Experimental  Rafael  María  Baralt,  Nacional  Experimental  Simón 
Rodríguez,  Pedagógica  Experimental  Libertador,  Simón  Bolívar).  Se  decidió  hacer  un 
censo;  las  unidades  de  información  estuvieron  constituidas  por  los  rectores  y  los 
documentos legales relativos a la elección. Los datos recabados se procesaron a través de 
estadística  descriptiva  y  se  presentó  en  gráficas  y  tablas.    Mediante  una  matriz  de 
análisis, se hizo un análisis racional que facilitó establecer semejanzas y diferencias.  
 
Presentación de resultados 
            En primer término, se presentan los resultados de la revisión documental de los 
aspectos  legales  de  la  elección  en  cada  universidad  estudiada  y,  en  segundo,  la 
caracterización comparativa de los rectores de Chile y Venezuela en ejercicio según las 
dimensiones e indicadores definidos.  
 
Aspectos legales básicos para elección de rector 
            Las universidades, históricamente, han experimentado complejos procesos socio-
políticos que han llevado a determinadas instituciones a obtener de manera propia una 
autonomía institucional que les permita elegir a sus autoridades. Institucionalmente, las 
entidades de América Latina se rigen por una secuencia legal explícita: la Constitución 
como marco cívico, una Ley de Educación ajustada a cada país y leyes específicas que 
brindan  detalles  concretos  acerca  de  la  elección  de  autoridades  para  aquellas 
instituciones  a  las  que  la  ley  otorga  el  derecho  de  autonomía  universitaria.  Cada 
institución posee una normativa interna, en las que  es posible distinguir  tres aspectos 
concretos: requisitos mínimos que adjudican un perfil de Rector (exigencias básicas que 
moldean el cargo); los electores que definen quién es electo y el proceso de sufragio. 
            En el cuadro 1, se detallan los requisitos legales ligados a la elección del Rector, 
basados en las disposiciones que rigen la Educación Superior en Chile y Venezuela desde