
822 Mayra Roxana Bravo Zambrano
Una perspectiva de la patria potestad en América Latina: Especial referencia al caso ecuatoriano
motivo”. Para esto, el Estado debe promover la corresponsabilidad materna 
y paterna, así como la vigilancia en el cumplimiento de los deberes y 
derechos recíprocos entre madres, padres, hijas e hijos. 
En este orden, la Constitución Ecuatoriana reconoce la facultad que 
tienen los padres de criar en un ambiente favorable a sus hijos, ello implica, 
como se mencionó, un conjunto de factores que van desde el velar las 
necesidades básicas de las hijas e hijos hasta representar y administrar 
sus bienes y patrimonio. De forma más expedita, la Corte Constitucional 
Ecuatoriana (Sentencia No. 28-15-IN/21, 2021) expresa: 
En función de la patria potestad, tanto el padre como la madre tienen el 
derecho de supervisar el desarrollo integral de NNA, y el deber de cuidado (primer 
ámbito), así como la representación y administración de sus bienes (segundo 
ámbito).  No  obstante,  por  la  separación  o  divorcio  ‒guras  que  usualmente 
impiden  la  convivencia  y  la  cohabitación‒  la  tenencia  se  asignará  a  uno  de 
los progenitores. De esta forma, uno de los mecanismos para ejercer la patria 
potestad es la tenencia; sin embargo…, no es la única forma para ejercerla, ya que 
el ejercicio de la patria potestad también supone obligaciones de educación o de 
representación judicial y extrajudicial, entre otras.
Debe concebirse que la patria potestad implica una responsabilidad de 
cuidado, en principio compartida entre la madre y el padre, en cuanto a la 
hija o hijo menor de edad, en el entendido de estos ser considerados como 
sujetos de derecho de especial protección. “La responsabilidad de dirigir 
y mantener un hogar, así como de cuidar, educar, proteger y velar por el 
desarrollo integral de los hijos en común, recae en el padre y la madre en 
igualdad de condiciones, aunque en la práctica no siempre ocurra de esta 
manera” (Espinoza, 2022, pág. 156). En otras palabras: 
La patria potestad no recae únicamente en razón de requerir que los padres 
tengan autoridad sobre sus hijos, suma el ámbito educativo y psicosocial del menor, 
además de inmiscuir todo el cuidado y protección para su crianza. Es decir, su 
alcance implica velar por el transparente desarrollo integral, con responsabilidad 
tripartita entre Estado, sociedad y familia de resguardando en todo sentido que los 
derechos del menor sean respetados (Rodríguez et al., 2022: 204).
Por su parte, el Código Civil Ecuatoriano, dispone en su artículo 28, 
que son representantes legales de una persona “…el padre o la madre, bajo 
cuya patria potestad vive…”, por lo que, según el artículo 58 “El que vive 
bajo patria potestad sigue el domicilio de quien la ejerce…”. Así, según este 
texto normativo, la patria potestad es el conjunto de derechos que tienen 
los padres sobre sus hijos no emancipados (Congreso Nacional de Ecuador, 
2019, artículo 283). 
A este tenor, el artículo 105 del Código de la Niñez y Adolescencia, 
especica que la patria potestad no es solamente el conjunto de derechos 
sino también el conjunto de “…obligaciones de los padres relativos a sus 
hijos e hijas no emancipados, referentes al cuidado, educación, desarrollo